La Federación Internacional de Ajedrez FIDE ha indicado que a partir del 01.01.2013, entrará en vigencia la Licencia que deben tener todos los árbitros, ya sean AI (Arbitro Internacional), AF (Arbitro FIDE) y los Arbitros Nacionales.

De acuerdo a la nueva reglamentación FIDE vigente desde el 1 de JULIO de 2013, sólo podrán reportarse torneos a la FIDE con arbitros LINCENCIADOS.

LISTADO DE ARBITROS LICENCIADOS

LISTADO CONFIRMADO POR FIDE AL 10/01/2014

FED FIDE ID NAME                        TITLE   CATEGORY
CHI 3409414 Abarca Gonzalez, Damaris      NA
CHI 3403289 Almarza Orellana, Luis        NA
CHI 3407012 Amaro Troncoso, Cesar Hanssel FA D
CHI 3402797 Barria Yaitul, Armin          NA
CHI 3419290 Barrios Lara, Adolfo Gerardo  NA
CHI 3401316 Berti Contreras, Lorenginis   IA D
CHI 3421830 Campos Mosqueira, Juan Carlos NA
CHI 3421821 Castillo Belmar, Marcelo      NA
CHI 3405478 Cortes Arias, Mariela         NA
CHI 3412423 Diaz Lillo, Fernanda          NA
CHI 3408191 Estrada Sandoval, Cristian    FA D
CHI 3402029 Fernandez Chavez, Juan        NA
CHI 3408477 Gonzalez Gonzalez, Daniel     NA
CHI 3417379 Gonzalez Jeldres,Nelson Aliro NA
CHI 3402991 Guzman Haensch, Hugo          IA D
CHI 3402924 Moyano Nuñez, Helios          NA
CHI 3400271 Pinto Pinares, Marcelo        NA
CHI 3408299 Pizarro Soza, Francisco       NA
CHI 3404099 Reyes Ramos, Manuel           FA D
CHI 3420787 Rosales Valdivieso, Claudio   NA
CHI 3402762 Tossi Duhamel, Claudio Hugo   IA D
CHI 3416739 Valenzuela Quezada,Jorge      FA D

 

 

PROCEDIMIENTO OBTENCION DE LICENCIA:

Los arbitros con títulos de AN, AF, o AI deberán inscribir su licencia a través de AJEFECH mediante el siguiente procedimiento:

Enviar fotografía de al menos 160 x 200 pixeles. Deberá realizarse el pago correspondiente (según lo indicado en el siguiente párrafo) a la cuenta de la AJEFECH, quien reenviará el pago a FIDE. Los torneos que sean reportados por un árbitro que NO tenga licencia no serán calificados.

El pago de la licencia debe hacerse en moneda nacional (pesos) a  a nombre de: Federación Deportiva Nacional Ajedrez Federado de Chile, Cuenta Corriente: 886-01115-09 del Banco Edwards y Rut: 65031772-6 y enviarse copia del documento a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. .

Los Valores a cancelar son:

- AI (Arbitros Internacionales) 100 EUROS, corresponden a $75.000 pesos.

- AF (Arbitros FIDE) 80 EUROS, corresponden a $60.000 pesos.

- AN (Arbitros nacionales) 20 EUROS, corresponden a $15.000 pesos

El procedimiento de pago de los derechos de licencia serán los siguientes:

La Federación enviará a la oficina de la FIDE la lista con todos los árbitros (AIs, AF y árbitros nacionales) que recibirán la licencia.
FIDE enviará a la Federación de la factura con los derechos de licencia que se pagarán de acuerdo con los reglamentos (art.6.3).

La Federación cobrará las cuotas y las envían a la FIDE.

FIDE enviará a la Federación de las tarjetas para sus árbitros con licencia y los árbitros tendrán derecho a realizar cualquier torneo FIDE nominal.

 

EXTRACTO FIDE HANDBOOK - Comisión de Árbitros de la FIDE
6. Licencia de Árbitros.

6.1 Un Árbitro titulado activo (International árbitro o árbitro FIDE) y un árbitro nacional que trabaja en un torneo FIDE nominal debe tener un "canon".

6.2.1 La licencia será válida para toda la vida, con la condición de árbitro sigue siendo un árbitro activo, y estará en vigor desde el día siguiente de la FIDE ha recibido el pago.

6.2.2 La tarifa de licencia para Árbitros Nacionales es válido para toda la vida.

6.2.3 Si un árbitro nacional se adjudicó el título de "árbitro FIDE" la licencia cuota por este título se ha de pagar a la FIDE.

6.2.4 Si un árbitro actualiza su / su categoría únicamente la diferencia entre la comisión de categoría se ha de pagar a la FIDE.

6.2.5 Si un "árbitro FIDE" logra el título de " Árbitro Internacional ", el cargo por el nuevo título se ha de pagar a la FIDE.

6.3 El canon será:

a) Para una Árbitros Categoría (sólo OE):    300 €

b) para los árbitros de categoría B (sólo OE):   200 €

c) para los árbitros de categoría C : EI 160 €
AF 120 €

d) para los árbitros de categoría D : EI 100 €
AF 80 €

e) para los Árbitros Nacionales   20 €

6.4 La falta de pago del canon dará lugar a la exclusión de los Árbitros de la FIDE lista.

6.5 Los Árbitros licencia entrará en vigencia a partir del 01. 01. 2013.

6.6 de 01. 01. 2013 todos los árbitros de la FIDE torneos de clasificación deberán ser licenciados.

6.7.1 Un árbitro que se ha convertido en inactivo (véase el anexo 2, los artículos 1.3 y 1.4) se considera no tener licencia ya y será transferido a la lista de árbitros inactivos.

IA Panagiotis Nikolopoulos

Presidente

Comisión de Árbitros de la FIDE